La mayoría de los reclamos por lesiones en Colorado tienen un plazo de dos años, los casos de vehículos motorizados generalmente tienen tres, y los reclamos contra una entidad gubernamental requieren un aviso por escrito dentro de 182 días. A continuación le explicamos cómo funcionan esos plazos y por qué una presentación tardía no tiene remedio.
En Colorado, por lo general usted tiene dos años a partir de la fecha en que se lesionó para presentar una demanda por lesiones personales, según C.R.S. 13-80-102. Si la lesión se produjo en un choque en el que participó un vehículo motorizado, el plazo es generalmente de tres años, según C.R.S. 13-80-101(1)(n). Si la responsable es una entidad gubernamental estatal o local, primero debe dar un aviso por escrito dentro de 182 días conforme a la Ley de Inmunidad Gubernamental de Colorado (Colorado Governmental Immunity Act), C.R.S. 24-10-109.
Si usted se lesionó en Colorado por el descuido de otra persona, estos son los plazos para presentar una demanda, y no cumplir uno de ellos por lo general pone fin al reclamo, sin importar lo sólido que sea. Esa es la respuesta corta. El resto de este artículo explica qué significan realmente esos plazos, cuál se aplica a cada tipo de caso y por qué presentar la demanda con un día de retraso es el único error en un reclamo por lesiones que nadie puede deshacer.
Qué es realmente un plazo de prescripción
Un plazo de prescripción es una norma legal que fija la fecha límite para iniciar una demanda ante un tribunal. No es el plazo para llamar a un abogado, ni el plazo para reportar el choque a su compañía de seguros, ni el plazo para terminar el tratamiento. Es la fecha para la cual se debe haber presentado el escrito de demanda ante el tribunal. Las negociaciones de un acuerdo con un ajustador no detienen el reloj. Un número de reclamo pendiente no detiene el reloj. Que un ajustador le diga que todavía está revisando el expediente no detiene el reloj.
Si el plazo vence y no se ha presentado ninguna demanda, la otra parte puede pedirle al tribunal que desestime el caso, y normalmente el tribunal lo concederá. El juez no considera la gravedad de sus lesiones ni lo evidente que sea la culpa del otro conductor. La única pregunta pasa a ser si el caso se presentó a tiempo.
Los plazos de Colorado que surgen con más frecuencia
Colorado no tiene un solo plazo para todo. Estos son los que más nos preguntan.
- Negligencia general: dos años. C.R.S. 13-80-102 abarca la mayoría de los reclamos por lesiones personales, incluidos los casos de resbalón y caída y otros casos relacionados con propiedades, las mordeduras de perro y la negligencia común.
- Choques en los que participa un vehículo motorizado: tres años. C.R.S. 13-80-101(1)(n) otorga tres años para las lesiones derivadas del uso o la operación de un vehículo motorizado. Esto abarca los choques de automóviles, camiones y motocicletas, y comúnmente abarca a peatones y ciclistas atropellados por un vehículo.
- Muerte por negligencia: dos años a partir de la fecha de la muerte, no de la fecha de la lesión, y las dos fechas no siempre son la misma.
- Negligencia médica: dos años según C.R.S. 13-80-102.5, con un límite máximo, llamado plazo de caducidad (statute of repose), que extingue la mayoría de los reclamos tres años después del acto u omisión, incluso si el daño no se descubrió.
- Reclamos contra una entidad gubernamental: primero corresponde el aviso por escrito de 182 días según C.R.S. 24-10-109, y después de eso sigue aplicándose el plazo ordinario para presentar la demanda. Esto es importante en choques con vehículos de la ciudad o del condado, autobuses y tren ligero de RTD, y en lesiones ocurridas en propiedades del gobierno.
- Los reclamos por conductor sin seguro y conductor con seguro insuficiente siguen su propia regla según C.R.S. 13-80-107.5, que puede fijar un plazo distinto al del reclamo contra el conductor culpable. Si parte de su indemnización provendrá de su propia cobertura UM o UIM, trate eso como un plazo aparte que debe verificar, y no como algo que acompaña automáticamente al reclamo contra el otro conductor.
- Los reclamos contra un establecimiento que vende alcohol (dram shop), es decir, contra un bar o comercio minorista que sirvió a una persona visiblemente intoxicada o a alguien menor de edad, se rigen por su propia ley y tienen un plazo mucho más corto que un reclamo ordinario por negligencia. Si un negocio podría compartir la responsabilidad de un choque causado por un conductor ebrio, esa parte del caso requiere atención temprana.
Determinar qué ley se aplica es una cuestión legal, y no siempre es evidente a partir de los hechos. Una caída en un estacionamiento es un caso de dos años. Una caída causada por una camioneta de reparto que retrocede puede ser un caso de vehículo. Un choque con un camión quitanieves de la ciudad es un caso de vehículo con un aviso de 182 días por delante. La suposición segura siempre es el plazo más corto que podría aplicarse, no el más largo.
¿Cuándo empieza a correr el plazo?
Por lo general, el día en que usted se lesionó. La ley de Colorado establece que un reclamo nace cuando la lesión y su causa se conocen o debieron haberse conocido con una diligencia razonable, según C.R.S. 13-80-108. En un choque por alcance, ese es el día del choque. En un caso en el que el daño aparece más tarde, por ejemplo, una lesión quirúrgica descubierta meses después, la fecha de inicio puede ser posterior. No haga planes contando con eso. Discutir cuándo empezó a correr el plazo es una disputa que se da cuando usted ya está demasiado cerca del límite, y es una disputa que puede perder.
Hay situaciones que suspenden o extienden el plazo. Una persona que era menor de edad cuando se lesionó generalmente tiene tiempo adicional después de cumplir dieciocho años. Ciertas discapacidades pueden suspender el transcurso del plazo. Un demandado que sale del estado o se oculta puede afectarlo. Estas son reglas reales, pero son excepciones con sus propias condiciones, y no debe contar con ninguna de ellas sin que un abogado confirme que se aplica a su situación.
Qué sucede realmente si un caso se presenta con un día de retraso
La defensa presenta una moción de desestimación y adjunta un calendario. No hay audiencia sobre sus expedientes médicos, ni discusión sobre la conducta del otro conductor, ni oportunidad de explicar que el ajustador seguía diciendo que un cheque estaba por llegar. El caso termina. Eso es todo, y es por eso que tratamos los plazos como lo primero que hay que precisar en un caso nuevo y no como lo último.
Antes de esa fecha también ocurre algo más discreto. Un ajustador que sabe que su plazo vence en tres semanas tiene muy pocas razones para negociar en serio. Su poder de negociación crece a medida que el tiempo de usted se reduce. Las personas que esperan hasta que el plazo está cerca a menudo descubren que la oferta que reciben es peor que la que podrían haber obtenido un año antes, y para entonces ya no queda tiempo para presentar la demanda y seguir trabajando. El tiempo es poder de negociación, y solo corre en una dirección.
Qué hacer esta semana
- Anote la fecha en que se lesionó. No el mes, la fecha. Todo se cuenta a partir de ella.
- Determine si podría estar involucrada una entidad gubernamental. Una ciudad, un condado, un distrito escolar, una agencia de transporte público, un empleado estatal o un hospital público cambian el calendario de inmediato, porque los 182 días llegan mucho antes que los dos años.
- Averigüe quiénes son todos los posibles demandados. Distintos demandados pueden tener plazos distintos en un mismo incidente. El conductor, el empleador del conductor, un bar que sirvió alcohol en exceso, el dueño de la propiedad, un fabricante de vehículos.
- Revise su propia póliza para ver si tiene cobertura UM, UIM y de gastos médicos (med pay). Estas coberturas implican requisitos de aviso a su propia aseguradora, y son más importantes precisamente en los casos en los que el conductor culpable tiene poca o ninguna cobertura.
- Reúna las pruebas mientras todavía existan. Los plazos no son el único reloj que corre. Los videos se sobrescriben y los testigos se mudan, por eso los primeros dos días después de un choque son tan importantes para un reclamo presentado más adelante.
- Deje de suponer que la compañía de seguros se lo dirá. El ajustador de la otra parte no tiene ninguna obligación de recordarle que se le está acabando el tiempo, y no lo hará.
- Obtenga una opinión antes de llegar a la mitad del plazo. Si ha pasado un año en un caso de tres años, todavía tiene margen para investigar, recibir tratamiento y negociar. Si han pasado dos años y diez meses, la mayoría de sus opciones ya han desaparecido.
Preguntas frecuentes
¿El plazo de prescripción de Colorado para un accidente automovilístico es de dos o de tres años?
Para las lesiones derivadas del uso o la operación de un vehículo motorizado, Colorado generalmente otorga tres años según C.R.S. 13-80-101(1)(n), mientras que la mayoría de los demás reclamos por negligencia tienen dos años según C.R.S. 13-80-102. Determinar si un incidente en particular cuenta como un caso de vehículo motorizado es una cuestión legal, así que si hay alguna duda, lo prudente es basarse en la fecha de dos años hasta que un abogado confirme lo contrario.
¿Se detiene el plazo mientras negocio con la compañía de seguros?
No. Las conversaciones para llegar a un acuerdo, los números de reclamo, el tratamiento médico en curso y las llamadas continuas del ajustador no suspenden el plazo de prescripción. Lo único que detiene el reloj es presentar una demanda ante el tribunal dentro del plazo, y una compañía de seguros no tiene ninguna obligación de advertirle que la fecha se acerca.
¿Cuál es el plazo si estuvo involucrado un vehículo de la ciudad, del condado o de RTD?
Los reclamos contra entidades públicas de Colorado y sus empleados se rigen por la Ley de Inmunidad Gubernamental de Colorado, que exige un aviso por escrito dentro de los 182 días posteriores al descubrimiento de la lesión según C.R.S. 24-10-109, con requisitos específicos de contenido y entrega, y después de eso sigue aplicándose el plazo ordinario para presentar la demanda. No cumplir con el paso del aviso puede poner fin al reclamo aunque queden años del plazo ordinario, así que los casos contra el gobierno requieren atención en cuestión de semanas, no de meses.
¿Qué pasa si la persona lesionada es un niño?
La ley de Colorado generalmente suspende el plazo de prescripción para una persona que era menor de edad cuando se lesionó, por lo que el reloj normalmente empieza a correr cuando cumple dieciocho años. Hay excepciones y hay reclamos relacionados, como el reclamo de uno de los padres por gastos médicos, que en cambio pueden seguir el calendario ordinario. Si un niño se lesionó, no suponga que la familia tiene muchos años para decidir.
¿Se puede hacer algo si mi plazo ya venció?
A veces, pero depende por completo de los detalles, como si el plazo realmente empezó a correr cuando usted cree, si se aplica alguna regla de suspensión o si todavía hay otro posible demandado con un plazo distinto. Vale la pena que alguien revise las fechas en lugar de dar por sentada la respuesta, y vale la pena hacerlo de inmediato, porque en esa situación cada opción se reduce con el tiempo.
Por dónde empezar
Los plazos son la parte de un reclamo por lesiones que no se puede reparar después de los hechos. Los expedientes médicos se pueden reunir tarde, los testigos se pueden localizar tarde, una oferta demasiado baja se puede responder tarde. Un plazo de prescripción vencido no lo puede remediar nadie.
Si usted se lesionó en Colorado y quiere saber en qué situación se encuentra, Anderson Hemmat ofrece una evaluación gratuita de su caso. Llame al 303-782-9999 o envíenos un mensaje y le diremos con honestidad si tiene un reclamo y qué plazo se aplica.

